¿Cómo mi empresa debe actuar frente a un caso positivo de COVID-19?

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Debido a la difícil situación actual provocada por el COVID-19, las empresas necesitan saber de qué manera deben actuar frente a un caso positivo de Covid-19.

En este artículo os explicaremos el protocolo de actuación que debemos seguir respondiendo a algunas de vuestras preguntas.

CÓMO ACTUAR ANTE UN CASO POSITIVO DE COVID-19: 

En caso de haber un caso sospechoso de Covid-19 en mi plantilla.

Una persona comunica a su empresa que tiene síntomas compatibles de Covid-19, pero no está aún confirmado.

  • La persona con síntomas, deberá aislarse en su domicilio y no acudir a trabajar. Contactará con su Médico de Atención Primaria para solicitar una prueba PCR (si lo consideran necesario en atención primaria).
  • La empresa deberá elaborar una lista de personas trabajadores (de su empresa o empresas terceras) que hayan mantenido contacto estrecho con esta persona (más de 15 minutos, a menos de 2 metros) en las 48 horas previas a la aparición de los síntomas.
  • Se deberá informar a estos contactos estrechos (de un caso todavía no confirmado), que deberán seguir acudiendo al lugar de trabajo con normalidad, pero extremando las medidas de protección e higiene, tanto a nivel laboral como personal, y evitar salir de casa excepto por causas de primera necesidad.
  • En caso de confirmarse el contagio (positivo PCR) de la persona con síntomas, deberá contactar de nuevo con su Servicio de
  • Prevención para que éste le informe de las pautas establecidas por el Ministerio de Sanidad. El positivo mantendrá el aislamiento y seguirá las indicaciones de Epidemiología hasta que Atención Primaria le prescriba su alta médica. Del mismo modo, los contactos estrechos pasarán a cuarentena (aislamiento domiciliario) de 14 días, a contar desde el último contacto estrecho con el positivo, habiéndose considerado para ello las 48 horas previas a la presencia de síntomas. En caso de que algún contacto estrecho, presente síntomas durante la cuarentena, comenzará el procedimiento como caso sospechoso de infección. En caso de ser negativo, seguirá las indicaciones de Atención Primaria que dependerán de si continúa o no con síntomas.

Un trabajador ha estado en contacto directo con un caso sospechoso de Covid-19:

Una persona trabajadora, recibe el aviso de que ha estado en contacto con un caso sospechoso de Covid-19, dentro de su entorno personal.

  • El trabajador deberá estar atento a que Salud Pública confirme mediante PCR el diagnóstico de su contacto estrecho, para en caso de tener resultado positivo, se tramite su aislamiento domiciliario durante 14 días. Mientras se confirme el resultado, el trabajador deberá continuar acudiendo a trabajar, extremando las medidas de protección e higiene, tanto a nivel laboral como personal, y evitar salir de casa excepto por causas de primera necesidad, hasta disponer de un resultado.
  • Si ese contacto es confirmado (prueba PCR positiva), la persona trabajadora deberá aislarse en su domicilio y no acudir a trabajar, contactando con su Médico de Atención Primaria y siguiendo sus recomendaciones.
  • Desde salud pública tramitarán su baja laboral y realizarán el seguimiento de posibles síntomas durante la cuarentena. Al no ser un contacto en ámbito laboral, será atención primaria quien gestionará todo el proceso.
  • En caso de que este contacto estrecho, tras diagnóstico PCR realizado por su centro de salud, diera positivo en Covid-19, deberá confirmar que ha estado en aislamiento domiciliario, al menos 2 días antes, de la fecha de la realización del PCR. En caso contrario, habrá que elaborar un listado de contactos estrechos y activar ese procedimiento.
  • Si la persona que inicialmente fuera el caso sospechoso de infección, fuera negativo en su prueba PCR, el contacto estrecho continuará su vida normal.

Desde Cápital Asesores esperamos que esta información le sea útil si surge una de estas situaciones en su empresa.

Para cualquier duda o consulta, los canales habilitados para la atención al cliente serán a través de su responsable Fiscal y/o Laboral a los teléfonos y correos electrónicos que dejamos a continuación:

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