¿Tu empresa está al día con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales??

prevención de riesgos laborales

Depresión por exceso de trabajo, lesiones musculares, contracturas, atropellos… son algunas de las causas más comunes de accidentes laborales que se pueden evitar si tu empresa está prevista de un buen programa de riesgos laborales.

¿QUÉ ES LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (PRL)? 

La prevención de riesgos laborales tiene como objetivo proteger al trabajador de los riesgos que se derivan de su trabajo, por tanto, una buena actuación en Prevención de Riesgos Laborales implica evitar o minimizar las causas de los accidentes y de las enfermedades profesionales.

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REQUISITOS DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES:

  • El plan de prevención debe ser aprobado por la dirección de la empresa y estar en conocimiento de todos los empleados.
  • Se debe reflejar en un documento disponible para la autoridad laboral, autoridades sanitarias y representantes de los trabajadores.
  • Se recomienda la contratación de un servicio de prevención ajeno a la empresa, el cual será prestado por una entidad especializada que realizará las actividades relacionadas con la prevención, asesoramiento y apoyo frente a los riesgos que deriven de la actividad de la empresa.

¿ES TU TRABAJO UNA ACTIVIDAD DE RIESGO?

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2019, murieron aproximadamente 2,78 millones de trabajadores a causa de accidentes laborales o enfermedades provocadas durante la jornada laboral.

    En el año 1995 nace la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con la esperanza de reducir la siniestralidad laboral y velar por la seguridad y salud de todos los trabajadores abarcando las siguientes especialidades: seguridad en el trabajo, Higiene industrial, Ergonomía y Psicosociología y Vigilancia de la Salud.

    ACTIVIDADES PELIGROSAS

    Según lo recogido en el  Anexo I del Reglamento de los servicios de prevención, aprobado por el  RD 39/1997, se consideran actividades peligrosas las siguientes:

    • Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes en zonas controladas.
    • Trabajos con exposición a agentes tóxicos o muy tóxicos, y en particular a agentes cancerígenos mutágenos y tóxicos.
    • Actividades en que intervienen productos químicos de alto riesgo y pueden dar lugar a accidentes mayores (catastróficos).
    • Trabajos con exposición a agentes biológicos de los grupos 3 o 4 (que pueden provocar enfermedades graves y suponen un serio peligro para los trabajadores y la colectividad).
    • Actividades de fabricación, manipulación y utilización de explosivos, incluidos los artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengas explosivos.
    • Trabajos propios de minería a cielo abierto y de interior, y sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas.
    • Trabajos con inmersión bajo agua.
    • Actividades en obras de construcción, excavación, movimiento de tierras y túneles, con riesgos de caída en altura o sepultamiento.
    • Actividades en la industria siderúrgica y en la construcción naval.
    • Producción de gases comprimidos, licuados o disueltos o utilización significativa de los mismos.
    • Trabajos que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo.
    • Trabajos con riesgos eléctricos en alta tensión.
      Si su empresa realiza algunas de las actividades descritas en el párrafo anterior, se debe hacer un especial seguimiento e implantación de las medidas de prevención de riesgos laborales.
      José Luis Santamaría

      ¿ESTÁ MI EMPRESA OBLIGADA A TENER PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES?

      La Prevención es un derecho de los trabajadores y, por otra parte, una obligación de la empresa.

      Cualquier empresa o empresario que cuente con uno o más trabajadores está obligado a velar por la seguridad de sus empleados y a la vez, contribuir con la Ley de prevención de Riesgos Laborales.

      Además de la normativa recogida en la Ley 31/1995 donde se recogen los derechos mínimos indisponibles de los trabajadores, los convenios colectivos de aplicación podrán mejorar y ampliar las obligaciones de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales.

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      ¿QUÉ SUCEDE CUANDO TU EMPRESA TIENE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES?

      • Disminuye el número de accidentes y daños derivados del trabajo.
      • Creas un entorno de trabajo seguro y saludable.
      • Mejoras el clima laboral.
      • Mejoras la productividad de tus trabajadores.
      • Potencias la imagen de la empresa al impulsar el desarrollo del proyecto empresarial.
      • Cumples con la ley vigente en materia de seguridad y salud laboral evitando la posibilidad de incurrir en importantes sanciones por la autoridad laboral.

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      ¿ LOS AUTÓNOMOS CUANDO TIENEN QUE IMPLANTAR LA PRL?

      • Autónomo sin trabajadores a su cargo: no tenemos la necesidad de disponer de una organización que se encargue de la gestión de los riesgos laborales.
      • Autónomos sin trabajadores a su cargo pero que se ven afectados por la normativa sobre Coordinación de Actividades Empresariales. En este caso, siempre que el autónomo tenga que trabajar junto a otros empleados que pertenecen a otras empresas, deberá aportar información sobre los riesgos derivados de su actividad y que puedan afectar a los trabajadores de las otras empresas con las que se comparte dicho centro, así como las medidas preventivas a aplicar.
      • Para ello se debe contar con una Evaluación de Riesgos, que puede hacer el propio autónomo si tiene formación preventiva para ello, o bien una empresa especializada como puede ser un Servicio de Prevención Ajeno.
      • Si eres autónomo sin trabajadores, pero vas a ser subcontratado por otra empresa.
      • Autónomos con trabajadores a su cargo: el autónomo pasa a tener obligaciones como empresario y por tanto necesita cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
      En Cápital Asesores nos hacemos cargo del cumplimiento de todas las obligaciones formales en el ámbito laboral de su empresa. Proporcionando un completo servicio de asesoramiento laboral para dar solución a todas las necesidades que requiera su empresa.

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