Subvenciones "Plan BARAJAS ARRIBA"
Objeto de la convocatoria
Apoyar la reapertura de locales comerciales en la ciudad de Cádiz.
Se subvenciona la puesta en marcha de una actividad comercial, de hostelería o servicios, susceptible de ser realizada en un local que esté situado en planta baja, localizado dentro del término municipal de Cádiz. El local deberá tener acceso directo desde la calle, contar con fachada exterior y encontrarse cerrado y sin actividad en el momento de la solicitud. No serán subvencionables los locales que estén en bruto y que no hayan tenido previamente una actividad comercial.
El local debe contar con la viabilidad de uso urbanística y cumplir con las distintas normativas (accesibilidad, contraincendios, etc.) para poder obtener licencia de apertura o encuadrarse dentro de los supuestos de declaración responsable.
¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas?
Autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes y personas jurídicas (cualquiera que sea su forma jurídica), que vayan a iniciar el desarrollo de una actividad comercial, de hostelería o servicios susceptible de ser realizada en un local comercial inactivo sito en el municipio de Cádiz, a través de contrato de arrendamiento, traspaso o compraventa del local afecto a la actividad, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no ser deudor del Ayuntamiento de Cádiz.
¿Qué cuantía tiene la ayuda?
Los beneficiarios podrán optar a una subvención a fondo perdido del 50% del importe de la renta del local comercial durante los 12 meses iniciales de actividad (contrato de arrendamiento / traspaso).
En el supuesto de compra del local, sólo será subvencionable en el supuesto de haber acudido a financiación externa para su adquisición, en cuyo caso podrán optar a una subvención a fondo perdido del 50% del importe de las cuotas mensuales de préstamo, hipoteca o cualquier otra fuente de financiación externa, durante los 12 meses iniciales de actividad, considerando sólo la devolución de principal excluidos los intereses.
En todos los casos, el importe máximo de subvención por local asciende a la cuantía de 6.250 euros.
¿A qué puedo destinar el importe de la ayuda?
Las subvenciones se destinarán a financiar la adquisición o arrendamiento del local comercial para el ejercicio de la actividad empresarial del titular de la subvención durante el primer año de actividad.
En el supuesto de inicio de actividad por cambio de titularidad por traspaso, el local ha de encontrarse en el momento de la solicitud cerrado y habrá de acreditarse la documentación del traspaso y la justificación económica del mismo, siendo en este caso financiables las cuotas de arrendamiento del local para el ejercicio de la actividad empresarial del titular de la subvención, una vez traspasado el local.
¿Cuál es el procedimiento de concesión?
El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
¿Cuáles son los criterios objetivos para la concesión de la subvención?
Las solicitudes, serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios y puntuaciones que se relacionan, con un máximo de hasta 100 puntos por solicitante repartidos de la siguiente manera:
Criterio 1.- Superficie construida del local comercial, conforme a los datos que consten en el catastro:
superficie construida superior a 160 m2: 50 puntos
superficie construida superior de 120 m2 y hasta 160 m²: 40 puntos
superficie construida superior a 80 m2 y hasta 120 m²: 30 puntos
superficie construida superior a 40 m2 y hasta 80 m²: 20 puntos
superficie construida inferior a 40 m²: 10 puntos
Criterio 2.- Solicitantes incluidos en alguno de los siguientes colectivos de especial vulnerabilidad y con mayor dificultad de incorporación al mercado de trabajo:
diversidad funcional: 12 puntos
mujer: 9 puntos
entre 45 y 55 años: 9 puntos
mayor de 55 años: 6 puntos
entre 35 y 44 años: 3 puntos
Criterio 3.- Tipología de forma jurídica del solicitante: hasta 20 puntos
empresas de economía social: 20 puntos
autónomos/Mutualistas, Sociedad civil, comunidad de bienes: 15 puntos
otras empresas: 10 puntos
Se puntuará de conformidad con lo indicado en el formulario de solicitud y posteriormente se verificará con la documentación de la constitución legal de la empresa.
Plazo de presentación
Hasta el 7 de diciembre de 2022
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Dirección: NUEVA 9, 11005, CÁDIZ teléfono: 956 292 921
Horario:
L a J de 8:30h-14:00h y de 16:00h-18:30h
V de 8:00h-15:00h