Consejos financieros ante la crisis del covid-19
covid-19Os damos unos consejos financieros ante la crisis del COVID-19 para hacer fente a las obligaciones de pago de tu empresa.
1. REFORZAR LAS MEDIDAS DE LIQUIDEZ.
Para hacer frente a las obligaciones de pago aconsejamos solicitar las líneas de avales y préstamos ICO aprobados por el RDL 8/2020 para el fomento de la liquidez de las empresas afectadas por la crisis del COVID-19.
Para acceder a esta liquidez tienen que ser empresas solventes, es decir:
- No aparecer en la Cirbe como morosos a fecha 31-12-2019.
- No encontrarse en situación de concurso o preconcurso a fecha 17-3-2020
Condiciones de los préstamos:
- Plazo entre 1 y 5 años siendo el primero de carencia.
- Tipo libre por los bancos, normalmente fijo en torno al 1,5% – 2%.
- Cuantía 25% de la facturación de 2019 o el doble de los salarios más seguiros sociales de 2019.
- Máximo 1.500.000.
Cada entidad financiera atenderá las necesidades de liquidez dependiendo de sus propios intereses y al endeudamiento en la Cirbe de la empresa por lo que es aconsejable realizar la solicitud en varias entidades a la vez.
La Junta de Andalucía también ha aprobado una línea de 500.000.000 €, que se instrumentan a través de GARÁNTIA S.G.R. para avalar operaciones financieras que se concedan a PYMES y a los autónomos.
2. RENEGOCIAR LOS CONTRATOS CON PROVEEDORES, ARRENDADORES Y CON ENTIDADES FINANCIERAS PARA ADAPTARLAS A LA NUEVA SITUACIÓN.
3. CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE CAUCIÓN
(más baratos que los avales bancarios, sin obligación de inmovilizar saldos en cuentas ni computar en Cirbe.) Si necesitas más información no dudes en ponerte en contacto con nuestro departamento de seguros).4. ESTUDIAR LA POSIBILIDAD DE APLAZAR O FRACCIONAR IMPUESTOS Y SEGUROS SOCIALES.
Como ya sabéis el calendario de impuestos se mantiene por lo que los impuestos hay que seguir pagándolos en su vencimiento.Las medidas aprobadas para facilitar el aplazamiento de impuestos son las siguientes:
- Importe máximo del aplazamiento 30.000 euros (incluye los posibles aplazamientos preexistentes)
- Plazo 6 meses, los tres primeros sin intereses. Los vencimientos de los fraccionamientos que estuvieran en vigor se aplazan todos hasta el 30 de Junio.
Respecto del aplazamiento de los seguros sociales se aprueba lo siguiente:
- Las empresas en ERTE de Fuerza Mayor y los Autónomo que lo hayan solicitado y se les conceda la prestación por cese de actividad NO TIENEN QUE PEDIR APLAZAMIENTO, porque no se les va a pasar el cargo. Si se hubieran pasado cargo (Autónomos de Marzo) se devolverá de oficio.
- Se habilita al autorizado RED para realizar toda la gestión (Esta es una nueva obligación para las asesorías).
- Existen dos tipos de dilación del pago: a) Aplazamiento que se abonará paulatinamente con el 0,5% de interés anual, en los plazos que se concedan. b) Moratoria de 6 meses sin intereses. Las cuotas que se deben pagar en Mayo se abonarán en Noviembre, las de Junio en Diciembre y las de Julio en Enero de 2.021. Conjuntamente con las del mes en curso. Hay que tener en cuenta que las que se pagan en Abril no pueden aplicar la moratoria, solo el aplazamiento.
- Si algún autónomo no ha abonado la cuota de Marzo, puede abonarla sin recargo ni sanción.
- Tanto aplazamientos como fraccionamientos se presentarán telemáticamente, y uno por cada CCC.
Recuerda que los seguros sociales se aplazan, en los meses después de levantar la alarma habrá que pagar el doble por lo que es importante calcular la posible caída de ingresos y la fórmula más convenientes.
Recordamos que calculen en lo posible las necesidades que tendrán para responder ante los acreedores y acudan a la financiación que se pone a su disposición o acuerden con ellos el aplazamiento y/o la negoción de los pagos para evitar incurrir en responsabilidades en caso de impagos.
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