Aplazamiento en la declaración tributaria para empresas de volumen inferior a 600.000€

covid-19

El BOE ha publicado otro Real Decreto mediante el cual quedan aplazadas la presentación e ingreso de las declaraciones tributarias de las empresas cuyo volumen de operaciones en el 2019 fuese inferior a 600.000 euros.

¿EXTENSIÓN DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN E INGRESO DE LAS DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES.

En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha.

En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

Os hacemos notar que el Real Decreto se publica hoy 15 de Abril, es el último día de plazo ordinario para domiciliar los impuestos y la mayoría de las declaraciones se han presentado ya que el plazo de presentación comenzó el 1 de abril.

Por lo tanto entendemos que de forma automática la agencia tributaria diferirá el cargo de los impuestos al día 20 de Mayo de aquellas empresas cuyo volumen de operaciones fuese inferior a 600.000 euros en 2019, Se entenderá por volumen de operaciones el importe total, excluido el IVA.

No obstante y dada la constante improvisación que últimamente exhibe la administración pública os recomendamos que tengáis saldo suficiente en la cuenta el día 20 de Abril para el pago de los impuestos que os hemos comunicado a pesar de que en 2019 vuestro volumen de operaciones fuese inferior a 600.000 euros.
Diego García Téllez

EMPRESAS Y AUTONOMOS CON FACTURACION SUPERIOR A 600 MIL EUROS EN 2019

No incluye ningún cambio. Todas las declaraciones trimestrales y mensuales para presentar antes del 20 de Abril se siguen presentando en dicha fecha.

 

EMPRESAS Y AUTÓNOMOS CON FACTURACIÓN INFERIOR A 600 MIL EUROS EN 2019

Se amplia el plazo de presentación y pago hasta el 20 de mayo.

Aquellos impuestos ya domiciliados, la AEAT anulará su cargo para el 20 de abril y lo cargará en la cuenta del contribuyente el 20 de Mayo. No obstante, ante la inseguridad de que puedan realizar dicho cambio a tiempo, infórmenos de cuando quiere realizar el pago.

Si su deseo es abonar los impuestos el 20 de Abril a pesar de la prórroga, háganoslo saber y anulamos la domiciliación y pedimos un NRC al banco.

 

CAMBIO EN EL CALCULO DE LOS PAGOS A CUENTA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

No incluye ningún artículo que autorice el cambio del modelo de cálculo del pago a cuenta del IS 2020, tal y como se comunicó mediante rueda de prensa

 

MÓDULOS Y ESTIMACIÓN DIRECTA

No incluye ningún artículo que autorice el cambio de cálculo tributario de Módulos a Estimación Directa, tal y como se comunico mediante rueda de prensa.

EN CUALQUIER CASO LA MORATORIA DE SEIS MESES SIGUE EN VIGOR Y SE SOLICITARA A TODAS AQUELLAS EMPRESAS QUE LO REQUIERAN.

Para cualquier duda o consulta, los canales habilitados para la atención al cliente serán a través de su responsable Fiscal y/o Laboral a los teléfonos y correos electrónicos que dejamos a continuación:

Responsable Departamento Fiscal:

Responsable Departamento Laboral:

Desde Cápital Asesores sentimos las molestias que se puedan causar pero creemos que es una medida imprescindible para contener la expansión del virus y para preservar la salud de nuestros trabajadores y de nuestros clientes.

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